El Gobierno reglamentó este martes, a través de un decreto, la denominada «Ley de Talles», que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país que tiene como objetivo generar «el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria», resaltó el texto.
Se trata de la reglamentación de la Ley 27.521 de «Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)», que rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.
La ley en cuestión fue sancionada hace más de un año y medio y, además de indumentaria, incluye calzado y ropa de trabajo.
Fueron excluidas la indumentaria «de alta costura o de diseño de autor», las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de los consumidores; los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
Fuente: Diario Uno/ Indumentaria Online